……Si la Constitución exige esta mayoría cualificada es para evitar toda posibilidad de politización del órgano. En principio, el hecho de que cada consejero cuente con la aprobación como mínimo de tres quintas partes de los diputados o los senadores garantizaría, al ser una persona de consenso, su neutralidad e independencia, sin adscripción partidista alguna. Lo cierto es que, del modo que se ha venido aplicando desde 1985, el resultado ha sido el inverso…..
https://theobjective.com/elsubjetivo/opinion/2024-06-25/abordaje-poder-judicial